Mañana los trabajadores quedan exentos de la obligación de entregar el parte de baja médica a su empresa

Directores de Recursos Humanos dudan de cómo funcionará la medida por la falta de personal en la Seguridad Social y por las particularidades de las pymes

Economía - Empleo31/03/2023 Redacción / seevimedia

Los trabajadores quedarán liberados desde mañana sábado, 1 de abril, de la obligación de ser ellos quienes entreguen el parte de baja médica a su empresa, ya que pasará a hacerlo directam

Se trata de una de las medidas aprobadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en una orden con el nuevo procedimiento de tramitación de partes médicos de baja laboral, derivado de un real decreto al que dio luz verde el Consejo de Ministros a finales de diciembre. El cambio entra en vigor este sábado, tal y como establecía la Orden en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En declaraciones a Servimedia, el presidente de la Asociación Española de Directores de Recursos Humanos (AEDRH), Jesús Torres, mostró su deseo de que el cambio funcione correctamente, pero trasladó sus dudas, ya que la Seguridad Social arrastra un déficit de unas 10.000 personas en su plantilla.

Además, explicó que hay muchas pymes en España que la gestión de las bajas y otras cuestiones similares las tienen externalizadas en consultorías y gestorías. “No sé si la Seguridad Social va a ser capaz de identificar a estos asesores externos a la hora de enviar los partes de baja. Es una duda razonable”, ahondó Torres.

Asimismo, señaló que está “detectando” “una actividad legislativa que impacta en la gestión del absentismo laboral en las empresas”. Al respecto, criticó que se metiera de “rondón” en la reforma de pensiones un apartado por el que las mutuas solo podrán hacer una vez la propuesta de alta del empleado en situación de baja médica. “Esto repercutirá en el control en los casos de absentismo”, advirtió el responsable de la AEDRH.

CONTENIDO

La orden del departamento dirigido por José Luis Escrivá detalla los distintos plazos para la comunicación de las bajas entre el servicio de salud, mutua o empresa colaboradora y las empresas, e incluye los modelos actualizados de partes que se tendrán que cumplimentar.

Así, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deberá comunicar a la empresa por medios electrónicos, como máximo en el día hábil siguiente al de su recepción, los partes médicos de baja, confirmación y alta emitidos por los facultativos del servicio público de salud o de la mutua.

La orden también adapta al nuevo sistema de comunicación de bajas los últimos cambios regulatorios sobre competencia de los médicos de empresas colaboradoras en la emisión de partes.

Sigue nuestras noticias

  Si quieres publicar artículos, envía el material junto con tus datos a [email protected]. ¡Participa!  

El tiempo - Tutiempo.net
Te puede interesar
Lo más visto

Sigue nuestras noticias desde tu correo todos los lunes y jueves

 Suscripción económica albacetealdia 

Apoya nuestro proyecto editorial de albacetealdia.es para que podamos continuar en este momento que la publicidad no podrá sustentarnos, creemos que entre todos podremos superar esta pandemia, gracias por tu participación y comprensión

Únete a la COMUNIDAD de usuarios del grupo GLOBATIUM para redactores, fotógrafos, periodismo ciudadano, etc...

Intercambiar, aprender y abrir nuestras posibilidades de expresión y participación.