El responsable de un banco de alimentos exigía sexo a cambio de comida

Ocho años y medio de cárcel para el responsable de un banco de alimentos de Almería que exigía sexo a cambio de comida

Sociedad - Derechos Humanos 07/07/2022 Redacción

 
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a ocho años y medio de prisión impuesta a un antiguo encargado de un banco de alimentos de una entidad religiosa de Almería por exigir a una mujer en situación de exclusión social mantener relaciones sexuales con él a cambio de comida para ella y sus dos hijos.

El condenado era el responsable de repartir alimentos a personas en situación desfavorecida de parte de la Iglesia Evangélica La Puerta en la localidad almeriense de Vícar.

En el verano de 2014 contactó con una mujer, en situación de exclusión social y necesidad, a la que, sin estar inscrita previamente en el Banco y al margen de la asignación oficial establecida para cada fase de ayuda, proporcionó diversos alimentos con el fin de ganarse su confianza.

En ese primer encuentro y antes de marcharse, el hombre le hizo tocamientos en el glúteo y se ofreció a ayudarla si ella mantenía relaciones sexuales con él, algo a lo que la víctima terminó accediendo porque su situación era desesperada y no tenía alimentos básicos para sus hijos.

La mujer mantuvo relaciones sexuales con el condenado en diversas ocasiones, siempre bajo la promesa por parte de él de que no iba a faltarle de nada. En un encuentro le entregó 15 euros, pero en otro, en el que la víctima se negó a practicar sexo anal, el hombre suspendió la entrega de alimentos.

Dinero a cambio de la inscripción y para retirar los alimentos

Además, el condenado exigía cinco euros a las personas inscritas oficialmente en el programa de alimentos y que se encontraban en situación de exclusión social, argumentando que era una condición previa necesaria para obtener la inscripción en el programa. En otros casos les exigía el pago de 2 euros para retirar los alimentos del almacén.

 El Tribunal Supremo acaba de confirmar las condenas que le impuso primero la Audiencia de Almería y después el Tribunal Superior de Andalucía: ocho años y medio de prisión por un delito de abusos y otros 300 euros de multa por otro delito leve de estafa.

Según la sentencia, los hechos probados muestran «con manifiesta claridad la situación de superioridad, de marcada asimetría social y personal, en la que se encontraba el recurrente respecto a una víctima en situación de extrema necesidad con dos hijos pequeños, sin trabajo, separada, sin percepción de ayudas públicas y con problemas de adicción a las drogas».

Una testigo ofreció datos significativos sobre la existencia «de una suerte de modelo de aprovechamiento de la necesidad vital de algunas personas que acudían al banco de alimentos, en particular de mujeres, desarrollado por el recurrente».

Además, aportó audios que revelan cómo el hombre aprovechaba su posición en el banco de alimentos para obtener favores sexuales de algunas de las mujeres con las que contactaría.

También ha hecho alusión a otros testigos que revelaron que éste les pidió dinero a cambio de entregas de alimentos a pesar de que estas debían ser gratuitas o que condicionaba a mantener relaciones sexuales a la solicitante de la ayuda

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