Los 5 datos que desmontan la condena contra Isa Serra

La portavoz de Unidas Podemos en la Asamblea de Madrid, Isa Serra, ha sido condenada a 19 meses de prisión por participar en una protesta contra el desahucio de una persona con discapacidad absoluta

Política - Justicia 24/04/2020 J. Ángel Ruiz J. Ángel Ruiz
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La condena a la portavoz de Unidas Podemos en la Asamblea de Madrid, Isa Serra, por participar en una protesta contra un desahucio en Madrid ha levantado una considerable polémica y dudas sobre su argumentación. Aquí desgranamos algunas claves:

LA IDENTIFICACIÓN DE ISA SERRA PARTE DE UN PROCEDIMIENTO IRREGULAR Y SOSPECHOSO

La identificación de Isa Serra no fue en el desahucio, fue 19 días después en un proceso muy sospechoso que dirige la Brigada de Información. Ese día hay un atestado a las 9:00 de la mañana de la Brigada de Información que dice que han identificado «sin ningún género de dudas» a los implicados en el desahucio. Pero no es hasta las 10:50 cuando los agentes municipales llegan a las instalaciones de la Brigada de Información supuestamente para iniciar el reconocimiento de los sospechosos. En este reconocimiento es donde tienen que dar los detalles de las personas que luego deben ser incluidas como sospechosas. Sin embargo, la Brigada de Información ya las tenía seleccionadas desde las 9:00 de la mañana como dice el atestado. Pillados.

Cómo tenía la foto y los datos de Isa Serra la Brigada de Información a las 9:00 de la mañana si hasta las 10:50 no llegan los agentes municipales para dar la descripción de los sospechosos? Muy sencillo, la Brigada de Información de la Policía la seleccionó antes de preguntar a los agentes municipales que características tenían los sospechosos de agredirles en el desahucio.

Durante el juicio, los agentes de policía no aclaran esto porque no pueden reconocer que a Isa Serra la incluye la Brigada de Información en el proceso de identificación porque era una activista social, no porque tuvieran pruebas contra ella de ese desahucio.

Para que se entienda bien, llegan los policías y les dice la Brigada de Información  «pues le va a tocar a esta que la hemos visto en otras manifestaciones».

EN 115 VÍDEOS Y CIENTOS DE FOTOGRAFÍAS DEL DESAHUCIO, ISA SERRA SOLO APARECE APARTÁNDOSE DE LOS DISTURBIOS

La defensa de Serra entregó hasta 115 vídeos y cientos de fotografías en que los que se ve con claridad que la portavoz en la Asamblea de Madrid no se encontraba presente durante buena parte de la mañana en la que se produjo el desahucio y que no adoptó en ningún momento el papel de líder, al contrario de lo que aseguran los testimonios policiales. Además, esas imágenes la muestran rehuyendo del conflicto durante el tiempo que se encontraba en el lugar de los hechos.

LOS TESTIMONIOS DE LOS POLICÍAS NO SE SUSTENTAN SOBRE NINGUNA PRUEBA

La condena que ha dictado el juez Rodríguez Padrón TSJM podría ir contra la doctrina del Tribunal Supremo, tal y como argumenta su defensa. Daniel Amelang, letrado defensor de Serra, argumenta, tal y como ha recogido ‘Público‘ que «se trata de una sentencia que no respeta la presunción de inocencia de la acusada», ya que acepta las declaraciones de los agentes de Policía que califica como «vagas e imprecisas».

Los vídeos y las fotografías desacreditan la versión de los policías, ya que no se ve a Serra confrontar con los funcionarios en ningún momento. Esto, según defiende ‘Red Jurídica’, podría ser contrario a la jurisprudencia del Tribunal Supremo ya que «cualquier sobreestimación del valor procesal de las declaraciones policiales llevaría consigo de modo inevitable la degradación de la presunción de inocencia de los sujetos afectados por ellas».

UN JUZGADO ORDINARIO CONSIDERÓ QUE NO HABÍA NINGUNA MOTIVACIÓN PARA PROCESAR A ISA SERRA

Los hechos fueron inicialmente investigados por el Juzgado de Instrucción 23 de Madrid. La jueza recibió un atestado policial que abría la puerta a atribuirle a Serra los delitos de atentado contra la autoridad y lesiones, pero decidió que únicamente correspondía juzgarla por un posible delito de desórdenes públicos y desestimó el resto de cargos.

Fue finalmente el TSJM el que ha decidido la condena a Serra. Este tribunal está mucho más politizado, ya que su presidente –el magistrado que ha condenado a Serra– es nombrado directamente por el Consejo General del Poder Judicial, de mayoría conservadora. En consecuencia, Celso Rodríguez Padrón, presidente del TSJM, también pertenece a este sector, y es conocida su animadversión hacía el feminismo, los partidos de izquierdas o hacia la posible resolución política del conflicto independentista en Cataluña.

“NO HAY PRUEBAS, PERO COMO ESTUVISTE ALLÍ, TÚ TAMBIÉN ERES CULPABLE”, LA DOCTRINA ‘DELITO-MASA’ QUE LE HAN APLICADO A ISA SERRA

La condena se basa en una discutible aplicación de la teoría de la coautoría, también conocida en círculos jurídicos como ‘doctrina del delito-masa’. En síntesis, esta línea argumental permite imputar a todos los presentes en una manifestación cualquier hecho violento o delictivo que suceda durante la protesta, incluso si no es posible identificar al autor. Es decir: si un manifestante provoca daños, todos los presentes pueden ser culpables a ojos de la justicia si consiguen identificar que estuvieron presentes en la manifestación. Una barbaridad.

Fuentes jurídicas consideran que esta doctrina es la lógica ante otro tipo de delitos y que es “muy cuestionable” utilizarla en una situación como esta. Por ejemplo, tiene sentido en el caso de una paliza donde varios agresores golpean en el suelo a una sola víctima a la que se le provoca una lesión grave en el ojo: en ese escenario, resulta imposible determinar qué hecho concreto, qué patada provocó el daño en el ojo y quién fue el causante, y la justicia considera a todos los implicados responsables por igual.

Pero, en caso de grandes manifestaciones, algunos expertos consideran que la ‘doctrina del delito-masa’ ha sido incorrectamente aplicada con el fin de criminalizar la protesta y disuadir a la ciudadanía de implicarse en causas sociales, ya que los manifestantes pacíficos pueden ser condenados por hechos puntuales cometidos por individuos concretos: “No hay pruebas, pero como estuviste allí, tú también eres culpable”, vienen a decir los jueces y tribunales que optan por aplicar de esta forma la ‘doctrina del delito-masa’. Muchos expertos consideran que la doctrina ‘delito-masa’ aplicada a una manifestación como la que se produjo en el desahucio de Isa Serra, atenta contra el derecho a la manifestación.

«Es intrascendente saber quién o quiénes son los autores de las lesiones», dice la sentencia de Isa Serra. Una sentencia que dice esto, solo puede generar inseguridad y miedo a cualquier ciudadano que quiera ejercer su libre derecho a la manifestación.

Tomado de laultimahora. Info

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