LA ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES DE VALDEMORO PIDE PROTECCIÓN FRENTE A LA OBSOLESCENCIA PROGRAMADA

Economía - Empresas27/11/2020J. Ángel RuizJ. Ángel Ruiz
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 En este “Black Friday” en el que se hace un llamamiento al consumo compulsivo a través de ofertas muy agresivas la Asociación de Consumidores y Usuarios de Valdemoro reclama a las administraciones públicas una legislación que proteja a las personas consumidoras frente a la obsolescencia programada.

Desde ACUSVAL consideran que este fenómeno puede afrontarse desde la propia la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que establece como un derecho básico del consumidor "la información correcta sobre los diferentes bienes o servicios para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute". Dicha información ha de comprender "las características del bien o servicio y, en particular, su naturaleza, identidad, cualidades, composición, cantidad, duración, origen o procedencia y modo de fabricación".

La obsolescencia programada definida como la reducción deliberada de la vida útil de un producto es, además, una práctica industrial que atenta directamente contra la sostenibilidad del planeta al generar residuos tan masiva como innecesariamente.

Apostar sobre la transparencia y la claridad en la información sobre los bienes y productos de consumo, alargar las garantías y la disponibilidad de los repuestos, así como las posibilidades de reparación o actualización son soluciones que el legislador puede poner encima de la mesa para acabar, o al menos reducir, una caducidad artificiosa que atenta contra los legítimos intereses económicos de los consumidores y que a día de hoy, adolece de una voluntad clara de solucionarse.

Somos conscientes de que este problema debería abordarse desde las instituciones europeas, pero también la legislación nacional puede y debe afrontar la obsolescencia programada con los instrumentos a su alcance, que en la actualidad pasan por aumentar la información a los consumidores sobre el ciclo de vida de los productos.

Mención especial merece el Estatuto de las Personas Consumidoras de Extremadura que en su artículo 26 prohíbe expresamente las prácticas de obsolescencia programada, definiendo ésta como “el conjunto de técnicas que introduzcan defectos, debilidades, paradas programadas, obstáculos para su reparación y limitaciones técnicas mediante las cuales un fabricante reduce de forma deliberada la durabilidad de la producción con el objeto de aumentar la tasa de reemplazo o sustitución”, marcando un camino que el resto de autoridades de Consumo pueden seguir.

ACUSVAL cree que no podrían entenderse los llamamientos a un consumo responsable y sostenible mientras se permitan prácticas industriales que lo hacen imposible por lo que, en estas fechas en las que se dispara el consumo, la reflexión sobre la obsolescencia programada debe estar más pronto que tarde en la agenda de nuestros políticos.

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