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La magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de Collado Villalba ha visto un posible delito de acoso por parte de los periodistas del diario digital ‘OkDiario’
Política25/09/2020Los veremos en
Eduardo Inda, director de 'OkDiario', se sienta en el banquillo por un posible delito de acoso a los hijos de Pablo Iglesias e Irene Montero. A pesar de ser conocido por difamar y difundir informaciones falsas en continuadas ocasiones, Inda sigue siendo invitado a las principales tertulias de la parrilla televisiva, participando como colaborador en 'El Programa de Ana Rosa', 'La Sexta Noche', 'Al Rojo Vivo' o 'El Chiringuito de Jugones'. Ni siquiera su relación con las cloacas de Interior le ha conseguido apartar del prime time. ¿Seguirán invitándole Ana Rosa y Ferreras tras conocerse el nuevo escándalo?
La magistrada del Juzgado de Instrucción número 2 de Collado Villalba ha visto un posible delito de acoso por parte de los periodistas del diario digital ‘OkDiario’, Eduardo Inda y Alejandro Entrambasaguas, a los hijos del vicepresidente de Derechos Sociales del Gobierno de coalición, Pablo Iglesias, y de la ministra de Igualdad, Irene Montero. Inda, editor y director de 'OkDiario’, y Entrambasaguas, redactor del diario digital, están citados por la magistrada el próximo lunes para notificarles el auto.
Según el auto –al que ha tenido acceso LUH–, “resulta indiciariamente” que Entrambasaguas, en su condición de periodista de ‘OkDiario’, editado y dirigido por Inda, durante los meses de noviembre y diciembre del pasado año 2019 “se persona en varias ocasiones en el domicilio de la cuidadora de los hijos de los querellantes [Iglesias y Montero], con la finalidad de obtener información” sobre ella y sobre su actividad, y “con la misma finalidad le llama en varias ocasiones por teléfono”, siempre “con resultado negativo”. “Al no obtener información directa de la cuidadora” –continúa el auto–, Entrambasaguas “acude a la urbanización en la que se encuentra el citado domicilio [donde Iglesias y Montero dejaban diariamente, durante su jornada laboral, a sus hijos al cuidado de la cuidadora], y allí aborda a varios vecinos con el mismo fin”. Por todo ello –continua el auto–, la cuidadora primero “restringió las salidas a los parques infantiles de las zonas comunes de la urbanización con los niños a los que cuidaba, quedando limitada, por lo tanto, su actividad diaria y la de los menores” y después, “ante la reiteración de los hechos”, el 31 de diciembre de 2019 “decidió resolver el contrato que mantenía con los querellantes para el cuidado de sus hijos”, lo que “supuso una altercación evidente en la vida cotidiana de los querellantes y de sus hijos, viéndose obligados a elegir otra opción para el cuidado de sus hijos durante su jornada laboral”.
Según el auto, los hechos descritos “pueden ser constitutivos de un delito contra la libertad” –regulado en el artículo 172 del Código Penal–, por lo que insta a dar traslado de las actuaciones tanto al Ministerio Fiscal como a los querellantes para que en el plazo de diez días puedan solicitar la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.
Fuente obtenida de laultimahora.es
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