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La campaña coincide con una época del año en la que el consumo de alcohol y de otras drogas aumenta debido a las comidas y cenas navideñas con familiares y amigos. “El consumo de alcohol y otras drogas debe abordarse mediante políticas integrales de salud pública. Desde el ámbito del tráfico y seguridad vial, reforzaremos las acciones de concienciación y vigilancia para reducir el impacto sobre los siniestros de tráfico”, comentó este lunes Álvaro Gómez, director del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, durante la presentación de la campaña en Madrid.
Los agentes establecerán diferentes puntos de control en todo tipo de carreteras, así como en los cascos urbanos, y a cualquier hora del día con el fin de evitar que personas que hayan ingerido alcohol o hayan consumido drogas circulen por las carreteras.
FACTOR DE RIESGO
El consumo de alcohol se mantiene como la segunda causa concurrente más frecuente en los siniestros tráfico, al estar presente en un 14% de los siniestros de tráfico con víctimas en 2022 y, como factor concurrente en un 29% de los que registraron víctimas mortales.
Más de la mitad (51,9%) de los conductores fallecidos el año pasado en carretera y que fueron sometidos a autopsia y a un análisis toxicológico dieron positivo en alcohol, drogas o psicofármacos, aisladamente o en combinación, 2,5 puntos porcentuales más que en 2021.
La DGT recordó que la única tasa segura es 0,0% ya que, aún con tasas de alcoholemia dentro de los márgenes legales permitidos, el riesgo de provocar un siniestro puede verse incrementado.
Además, 0,0% es la tasa, tanto en sangre como en aire espirado, que deben respetar los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo, según la actual Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Por su parte, el Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece penas por conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
La legislación española permite conducir si la tasa de alcoholemia no supera los 0,25 miligramos por litro en aire espirado o 0,5 gramos por litro en sangre, salvo los conductores noveles o los profesionales (0,3 g/l en sangre o 0,15mg/l en aire).
La sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo está castigada con una sanción de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos. En el caso del alcohol, se mantiene en 500 euros y cuatro puntos, excepto si la tasa de alcohol supera el doble de la permitida o si son reincidentes, es decir, aquellos conductores que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol. En estos dos casos la sanción es de 1.000 euros y cuatro o seis puntos menos en el carné.
Según la Fiscalía de Seguridad Vial, el año pasado hubo 59.461 condenas por delitos de conducción bajo la influencia del alcohol y/o las drogas, la cifra más alta desde 2014.
Desde la entrada en vigor del permiso por puntos, un 13% de los infractores sancionados y también un 13% de los puntos detraídos han estado relacionados con el hecho de conducir con una tasa de alcohol superior a la legal.
(SERVIMEDIA)
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